Tratados Bilaterales

La Corte analizará validez de los tratados bilaterales

La Asamblea Nacional resolvió pedir a la Corte Constitucional (CC)  que interprete el inciso primero del artículo 422 de la Carta Magna, que se refiere a los Tratados Bilaterales de Inversión (TBI) y los arbitrajes. Según lo estipula el mencionado inciso, “no se podrá celebrar tratados o instrumentos internacionales en los que el Estado ecuatoriano ceda jurisdicción soberana a instancias de arbitraje internacional, en controversias contractuales o de índole comercial, entre el Estado y personas naturales o jurídicas privadas”.