Anticipo

Anticipo de Impuesto a la Renta se debe pagar desde julio

Desde el 15 de julio, las sociedades o empresas deberán cancelar la primera cuota del anticipo al Impuesto a la Renta, recordó el Servicio de Rentas Internas (SRI). El pago, dijo la entidad, debe hacerse de acuerdo con el noveno dígito del RUC. La segunda cuota de anticipo de Impuesto a la Renta debe efectuarse en septiembre del 2014, según su noveno dígito del RUC. De acuerdo con Pablo Guevara, de la consultora Fides Buró, el anticipo del impuesto no es objeto de devolución.