La concusión, la oferta de realizar tráfico de influencias, el enriquecimiento privado no justificado y la no afiliación al Seguro Social por parte del empleador son los delitos que sufrirían cambios en el tiempo de la pena, si la Asamblea acepta el veto del Ejecutivo al Código Orgánico Integral Penal (COIP). Para el delito de concusión, la pena que proponía la Asamblea era de uno a tres años, el Ejecutivo sugiere que suba a una pena de cinco a siete años ya que “uno de los objetivos primordiales del Gobierno es combatir la corrupción”. El Ejecutivo no aceptó la tabla proporcional de penas, que van de uno a siete años para el enriquecimiento privado no justificado, que fue elaborada por la Asamblea, argumentando que la clasificación no es correcta porque no existe “razón técnica” para establecerla ni una institución que determine si ha existido o no ese incremento. Por esto, el veto propone una pena de tres a cinco años cuando pase los 200 salarios básicos unificados (SBU). En el delito de oferta de realizar tráfico de influencias, la pena subiría a entre 3 y 5 años. El texto legislativo proponía de uno a tres años. En la no afiliación al IESS por parte de una persona natural, la Asamblea planteó cárcel de tres a siete días en la categoría de contravención, pero el Ejecutivo dice que esto “es una burla” y debe quedar como delito con pena de uno a tres años. Fuente: El Universo.
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