Las posibles ventas atadas del sector automotriz, que consiste en complementar negocios y servicios para el consumidor, serán controladas. En caso de que haya problemas, la sanción iría entre 8% y 12% de los ingresos del negocio. El trabajo será liderado por la Superintendencia de Control del Poder de Mercado (SPCM). El objetivo es que el consumidor tenga la libertad para elegir la empresa aseguradora, el dispositivo de rastreo o alarma para su vehículo y que no exista una imposición por la concesionaria o ente financiero. Esta práctica de comercio no es nueva y está sujeta a penalización desde 2011 con la Ley Orgánica de Regulación y Control del Poder de Mercado. El artículo 11 prohíbe, entre otras cosas, la venta condicionada y la venta atada injustificadas. Literalmente sostiene que está prohibido y será sancionada la decisión o recomendación colectiva, o práctica concertada o conscientemente paralela, y en general todos los actos o conductas realizados por dos o más operadores económicos, de cualquier forma manifestados, relacionados con la producción e intercambio de bienes o servicios, cuyo objeto o efecto sea o pueda ser impedir, restringir, falsear o distorsionar la competencia o afecten negativamente a la eficiencia económica o el bienestar general. Fuente: Diario Hoy.
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