El Servicio de Rentas Internas (SRI) informó el martes 24 de abril del 2018 que cuando una fecha de vencimiento de declaración y pago de impuestos administrados, coincida en un día de descanso obligatorio o feriado, se adelante al último día hábil del mes de vencimiento. Esta decisión se tomó vía Decreto Ejecutivo, publicado el lunes 23 de abril del 2018. Con ello, por ejemplo, los contribuyentes cuyo noveno dígito del RUC es cero que debían declarar hasta el sábado 28 de abril ahora deberán hacerlo hasta el viernes 27 de abril. El SRI pide a los contribuyentes “cumplir oportunamente la declaración y pago de sus obligaciones tributarias, de acuerdo a las fechas de vencimiento del decreto”. Fuente: El Comercio.
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