La ubicación de la etiqueta conocida como semáforo, que señala el contenido de grasas, azúcar y sal de los productos, es opcional. Esta podrá ir en la parte frontal o la trasera del envase. Así consta en la Reforma al Reglamento Sanitario de Etiquetado de Alimentos Procesados para el Consumo Humano que fue emitido en noviembre del año pasado y que ya está nuevamente aprobado. Recién el lunes pasado el documento fue firmado por la ministra de Salud subrogante, Marysol Ruilova. La reforma nace luego de una serie de consultas técnicas que se realizaron a la Organización Mundial de Salud (OMC) y a la Comunidad Andina. En el documento se sostiene que en marzo se dio una modificación en el Procedimiento para la Evaluación de la Conformidad tanto para los productos nacionales como para los importados. Esto, en referencia a que los importadores de productos alimenticios podrán utilizar una etiqueta semáforo adhesiva cuando estos ingresen al país. Antes, la normativa determinaba que esta fuera parte del rótulo y que debía llegar desde el país de origen. Los cambios en la norma, que buscan garantizar el derecho de las personas a la información oportuna, clara, precisa y no engañosa sobre el contenido y las características de estos alimentos, fueron bien recibidos por el sector de alimentos. Fuente: Diario Hoy.
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