Ante la propuesta del secretario jurídico de la Presidencia, Alexis Mera, de que se establezca un procedimiento para castigar las injurias emitidas en las redes sociales, el presidente de la Comisión de Justicia, Mauro Andino (AP), sostuvo que en la tipificación de calumnia ya está contemplado este aspecto. El artículo 161 del borrador del Código Penal indica que la calumnia es cometida por la persona que realiza falsas imputaciones de un delito contra otra, y está sancionada con pena privativa de la libertad de entre seis meses a dos años. “Ponemos la calumnia en términos generales... como consecuencia de que una persona pueda afectar contra el derecho de otra a través de la radio, en televisión, en público, en reuniones sociales, las redes sociales, es decir... es un tipo abierto para todo”, dijo a Ecuavisa. El actual Código establece 17 tipos de injuria y el proyecto enviado en el 2011 por el Ejecutivo tenía una cifra similar. Pero Andino dijo que la intención es depurar y derogar varias normas, por eso en el último borrador de la Comisión se tipifica la calumnia y la difamación y tampoco quiere dejar vacíos, estableciendo casos específicos con el riesgo de que se quede fuera alguno. Fuente: El Universo.
Servicios de información
económica
La manera más ágil y completa de estar al día sobre la situación macroeconómica, financiera y política del país. Incluye ocho entregas mensuales de información.
Estadísticas macroeconómicas
Desde ene-2001 hasta abr-2025
Una amplia base de datos de variables de la economía ecuatoriana.