Prisión de uno a tres años si se incumple precio oficial

El nuevo Código Orgánico Integral Penal (COIP), aprobado parcialmente por la Asamblea Nacional, castiga con cárcel a quienes incumplan los precios oficiales. En el artículo 303, que habla sobre el Agiotaje (especulación abusiva para obtener un lucro inmoderado), se dispone que la persona que no pague el precio oficial mínimo de sustentación del banano, maíz, arroz o cualquier otro producto tendrá de uno a tres años de cárcel y multa de cinco a diez salarios. Actualmente, solo en la ley para estimular y controlar la producción y comercialización del banano existe una multa de hasta 25 veces el monto de evasión si no se pagó el precio. Adicionalmente, en el artículo 316 del referido código se establece prisión por seis meses a dos años a quien “sin autorización legal, incremente los valores de productos sujetos a precio oficial”. En el Código vigente se impone la misma pena, pero no se habla de “precio oficial”. Fuente: El Universo.