Los deudores de buena fe, que tienen obligaciones con la banca cerrada, están preocupados porque pese a que en el Código Monetario y Financiero, aprobado por la Asamblea, se incluyeron condiciones más flexibles para el recálculo de sus deudas, el 20 de agosto ya se vence el plazo para la firma de convenios de pago. Así, si el Código no rige en esa fecha, no podrían beneficiarse. Así lo indicó Roberto Parra, representante de los deudores de buena fe. Explicó que actualmente hay un cronograma que se está ejecutando basado en la Ley de Cierre de la Crisis Bancaria de 1999 y que establece el 20 de agosto como plazo máximo para suscribir el convenio de pago de las deudas. Sin embargo, en el Código se amplía el plazo para esta etapa durante 60 días, en los cuales se podrían presentar otros documentos probatorios como recibos de abogados, estados de cuenta, entre otros. En este sentido Parra dijo que si se ejecuta el cronograma actual, muchos quedarían fuera del programa de pago. Por eso, ayer pidieron audiencia en el Departamento de Recuperación y Liquidación del Banco Central del Ecuador (BCE). Parra informó que fueron atendidos por Marcelo Montalvo, funcionario del BCE, quien les explicó, según dijo Parra, que por ahora la única norma válida es la Ley de Cierre de la Crisis Bancaria y que deberían cumplir con la firma hasta esa fecha. Parra pidió que no se les obligue a firmar. Fuente: El Universo.
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