El Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (Senae) recordó que los bienes que acompañen a los viajeros, considerados como efectos personales, no pueden luego ser vendidos en los comercios. Así que el Senae y el Servicio de Rentas Internas (SRI) advierten que los bienes adquiridos en el extranjero, que el viajero ingresa como parte de su equipaje, por los aeropuertos internacionales o pasos fronterizos, "están destinados exclusivamente al uso o consumo personal o familiar del mismo viajero, y su transferencia o comercialización se encuentra prohibida por las normas y regulaciones vigentes". Así que los documentos que acreditan la entrada de esos artículos no sustancian la tenencia de la mercadería en los establecimientos comerciales, o sus fines comerciales. Fuente: Expreso.
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