Los créditos para adquirir un vehículo estaban clasificados por las autoridades simplemente dentro de los créditos de consumo, pero la banca ahora deberá ubicarlos en un segmento aparte e independiente. Así lo decidió la Junta de Regulación Monetaria y Financiera, mediante resolución 59-2015-F. Con ello, el máximo ente de control del sector financiero simplificó la primera reclasificación de créditos que efectuó a inicios de abril mediante resolución 43-2015-F y que incluso hacía una diferenciación a los consumos con tarjetas de crédito. Esto ya no va y la única diferenciación que deberá hacer la banca es a los préstamos destinados para vehículos livianos de combustible fósil. Con este objetivo, los préstamos de consumo se dividieron en ‘consumo ordinario’ y ‘consumo prioritario’. El primero es el destinado a adquirir vehículos livianos de combustible fósil y en el segundo se ubica al resto de préstamos destinados a consumo. Otra diferenciación importante es a los préstamos otorgados a empresas para adquirir o comercializar vehículos livianos, que antes estaban dentro del tipo de préstamos productivos. Pero hoy también tienen una clasificación aparte y se ubican en el segmento de créditos ‘comerciales ordinarios’. Fuente: El Comercio.
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