El anticipo del comprador de vivienda ya no irá a manos del constructor sino a una administradora que entregará los dineros a la inmobiliaria cuando demuestre que su proyecto es viable. Así lo estableció, vía reglamento, la Superintendencia de Compañías el 18 de diciembre pasado. Para esto, las constructoras deben conformar "encargos fiduciarios" o "fideicomisos", cuyo manejo tiene más exigencias desde septiembre del año pasado, tras la emisión de la resolución 006 del Consejo Nacional de Valores. Con todo ello, el organismo pretende evitar las estafas inmobiliarias y las demoras en la entrega de viviendas. En un fideicomiso inmobiliario lo que custodia la administradora de fondos es el capital y el terreno de un proyecto. Esta contrata a la constructora (que puede ser la que promueve el proyecto), paga a los proveedores, etc. En el encargo fiduciario, en cambio, solo custodia el recurso. Ello garantiza que el dinero se destine solo al proyecto ofrecido y no a otro, explica Ramiro Viteri, director de la Asociación de Administradora de Fondos y Fideicomisos del Ecuador (Aaffe). Fuente: El Comercio.
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