El seguro de desgravamen, que era parte de los productos ofertados por el Banco del Afiliado y, en algunos casos, también por bancos privados, pasó a manos de compañías aseguradoras privadas. Este seguro cubre el saldo de la deuda del titular de un crédito si este fallece. La Junta de Regulación Monetaria y Financiera aclaró que es el único organismo que puede determinar qué tipo de seguros se deberán contratar de manera obligatoria y para qué tipo de operaciones. Las únicas decisiones que hasta ahora ha emitido al respecto son las 072 y 102, que fijan que las entidades financieras deberán requerir la contratación de un seguro de desgravamen obligatoriamente para créditos inmobiliarios y de vivienda de interés público. Este seguro también es obligatorio para los créditos quirografarios que otorgue el Biess. Para el resto de préstamos, dijo, es decisión de cada entidad financiera. Fuente: El Comercio, 13 de septiembre.
Servicios de información
económica
La manera más ágil y completa de estar al día sobre la situación macroeconómica, financiera y política del país. Incluye ocho entregas mensuales de información.
Estadísticas macroeconómicas
Desde ene-2001 hasta may-2025
Una amplia base de datos de variables de la economía ecuatoriana.