Marcelo Ortega, presidente de la Comisión de Resolución de Primera Instancia de la Superintendencia de Control del Poder de Mercado (SCPM), comentó que la Ley Orgánica de Regulación y Control del Poder de Mercado (LORCPM) prevé la posibilidad de que los actos administrativos sean impugnados en la sede judicial. El funcionario respondió así al anuncio que, mediante un boletín de prensa, realizó el Consorcio Ecuatoriano de Telecomunicaciones S.A. (Conecel), respecto de la demanda por la multa de $ 82,7 millones, impuesta por la SCPM, ante el Tribunal Distrital N° 2 de lo Contencioso Administrativo (Guayaquil), que acogió la solicitud y suspendió la sanción.
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