La Ley de medicina prepagada entrará en vigencia en 180 días, excepto cinco artículos y 13 disposiciones que regirán desde su publicación en el Registro Oficial. Entre estas está el reembolso que el sector deberá realizar al Estado. Esta medida está contenida en la disposición general quinta, que obliga a las empresas de medicina prepagada y aseguradoras a reembolsar al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IEES) o al Ministerio de Salud (MSP) cuando sus clientes opten por atenderse en hospitales públicos. Las empresas también deberán ajustarse de manera inmediata a los cambios relacionados con la estructura del negocio: aumento de capital y de reservas técnicas, así como la reinversión de utilidades. Para esto, las firmas tienen un año a partir de la publicación de la norma en el Registro Oficial.
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