Banca no dará seguro de desgravamen

El seguro de desgravamen, que era parte de los productos ofertados por el Banco del Afiliado y, en algunos casos, también por bancos privados, pasó a manos de compañías aseguradoras privadas. Este seguro cubre el saldo de la deuda del titular de un crédito si este fallece. La Junta de Regulación Monetaria y Financiera aclaró que es el único organismo que puede determinar qué tipo de seguros se deberán contratar de manera obligatoria y para qué tipo de operaciones. Las únicas decisiones que hasta ahora ha emitido al respecto son las 072 y 102, que fijan que las entidades financieras deberán requerir la contratación de un seguro de desgravamen obligatoriamente para créditos inmobiliarios y de vivienda de interés público. Este seguro también es obligatorio para los créditos quirografarios que otorgue el Biess. Para el resto de préstamos, dijo, es decisión de cada entidad financiera. Fuente: El Comercio, 13 de septiembre.