Sala tributaria ordena archivar caso Noboa

Dos de los tres jueces que conforman la Segunda Sala del Tribunal de lo Contencioso Tributario de Guayaquil no admitieron la acción directa presentada por la defensa de Exportadora Bananera Noboa. El documento, entregado el pasado 16 agosto, solicitaba la suspensión del procedimiento coactivo; es decir, trataba de impedir que se realicen más embargos y que se proceda a los remates. De esa forma, pedían que se inicie un litigio ante el Tribunal para debatir la legalidad de la deuda fijada por el Servicio de Rentas Internas (SRI), que actualmente asciende a los 103 millones de dólares. La Sala, mediante sentencia, consideró como "improcedente" el trámite y declaró que el acto administrativo, mediante el cual se inició el proceso coactivo, "alcanzó la calidad de ejecutoriado y firme", ya que la demanda de impugnación presentada por Exportadora Bananera Noboa en el 2010 "no cumplió con el afianzamiento" que ordena la ley; es decir, no entregó en prenda el 10 % de la deuda para proceder con el trámite. Esta reforma fue debatida en su momento por varios contribuyentes que aseguraban que "no era constitucional dar dinero para acceder a la justicia"; sin embargo, la Corte Constitucional aprobó en agosto de 2010 la disposición de la norma. Es así que la Segunda Sala del Tribunal de lo Contencioso Tributario declaró, el miércoles de la semana pasada, como "definitivo e irrevocable" su fallo y pidió el archivo del caso. Fuente: Expreso.