Empleadores y afiliados del IESS financian enfermedades catastróficas

Mediante decreto ejecutivo, firmado el 14 de enero pasado, el Presidente de la República creó el Fondo solidario para la atención de enfermedades catastróficas, previsto en la Ley de Seguridad Social. El decreto, que contiene un artículo único, señala: “hasta que se cree el fondo solidario para la atención de enfermedades catastróficas previsto en la Ley de Seguridad Social y se determine por parte de dicha institución los porcentajes de aporte obligatorio de los afiliados y empleadores, el Ministerio de Salud Pública, garantizando el derecho de las personas a recibir una atención especializada y gratuita en todos los niveles, de manera oportuna y preferente, seguirá atendiendo a las personas que adolezcan de enfermedades catastróficas, en los términos establecidos por las regulaciones expedidas por dicho ministerio”. El artículo 103, literal f, de la Ley de Seguridad Social, vigente desde el 2001, señala que los afiliados tienen derecho al tratamiento de enfermedades catastróficas, cuyo costo será cubierto por un fondo solidario que se financie con el aporte obligatorio del afiliado, del empleador y del Estado. No obstante, dicho fondo no se había creado por falta de un reglamento. Fuente: El Comercio.