El Servicio Nacional de Aduanas modificó por segunda ocasión las reglas para los importadores licoreros a escala nacional. Las reformas iniciaron el pasado agosto y a finales de enero tuvieron un aplazamiento. Desde este marzo, cada importador de vodka, ron, whisky y tequila deberá "remitir hasta el 5 de cada mes, un reporte de su inventario del mes inmediato anterior, en el que señale cuántas de las cajas por él importadas aún no han sido adquiridas por el consumidor final". También se indica que "es menester extender a un plazo prudencial el tiempo establecido en la disposición transitoria segunda de la resolución 300", sin indicar cuánto. En aquel documento se establece que no se puede comercializar en el país licores sin la etiqueta donde conste nombre del importador oficial y que sea hecha por el fabricante internacional. Fuente: El Comercio.
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